UNA VERDAD TAN PATÉTICA COMO PALMARIA

El 24 de agosto de 1816, el Congreso confirió al Director Supremo de las Provincias Unidas del Río de la Plata, Juan Martín de Pueyrredon, la facultad de reclutar en el Ejército hasta el 5% de la población de las provincias y pueblos. El Decreto, preveía la incorporación de los reclutas a los Ejércitos de la Patria, focalizando en la Campaña de los Andes al mando del Grl. José de San Martín.

En vista de la Circular que llegó a Salta, fechada el 16 de setiembre de 1816, Martín Güemes dirigió a Pueyrredon, desde Jujuy, el siguiente oficio.

Aunque con bastante fundamento, me persuado de la orden Circular de V.E. de 16 de setiembre último, relativa a la que con fecha 24 de agosto expidió el Soberano Congreso de la Nación facultando a V.E. para que las provincias y pueblos de la comprensión del Estado puedan requerir por el término de dos años los reclutas que considere necesarios a satisfacer los objetos en ella indicados. Según y cómo lo expresa, no es extensiva a esta provincia de mi mando que se halla hoy al frente del enemigo, conteniendo sus agresiones, y repeliendo con bizarría las fuerzas que intentan subyugarla. He creído un deber propio de la ley y de la razón que me impone mi obligación, suplicar a V.E. se digne prestar su superior declaración, para que en ningún tiempo se me arguya falta de cumplimiento.

V. E. es un testigo ocular, que todos los hombres que podían destinarse al ejército, están siempre ocupados en el servicio de la causa pública: ellos abandonan sus casas, hogares, familias y esposas para correr presurosos a la defensa del país amenazado, han sacrificado aquellos escasos bienes de fortuna, conque pobremente subsistían, cediéndolos voluntariamente en alivio de sus compañeros de armas; y por último no omiten sacrificio alguno conducente al sagrado objeto de la libertad e independencia a que se dirigen. Esta es una verdad tan patética como palmaria; y para su convencimiento, véanse mis partes repetidos con ocasión del último amago hostil de los enemigos y a primera vista se descubre que toda la provincia en masa, repele, rechaza, y contiene a aquellos.

A vista pues de tan poderosos fundamentos nada tiene de extraña mi protección hacia esos infelices, a quienes V.E. se ha dignado dispensárselas con mejor generosidad y apoyada en ellos la razón y la justicia, tengo el honor de impetrar y exigir la gracia de que, por ahora, sea esta benemérita provincia exenta de la obligación a que la sujeta la citada orden del 24 de agosto.

El 8 de noviembre el Director Supremo, reconociendo que la provincia de Salta se hallaba en servicio activo contra los enemigos del Estado, dejó sin efecto la orden y exceptuó a la Provincia de Salta del reclutamiento ordenado.

Al tomar esa decisión, Pueyrredón habrá recordado la organización, subordinación y disciplina de las tropas al mando de Güemes, a quien dos meses antes consideró en condiciones de asumir la defensa de la integridad de todo el territorio.

En el oficio de Güemes, queda descripto el sacrificio que los hombres de sus tropas y la Provincia de Salta toda, hacían por la libertad e independencia, logrando repeler, rechazar y contener los avances del enemigo. Nótese que Güemes impetra y exige la gracia de que Salta sea exceptuada de la orden de reclutamiento y esa gracia le es concedida. A su vez, justifica la protección que da a quienes defienden el país de las amenazas realistas.

Las tropas de Güemes tenían integrantes que se habían incorporado para huir de la esclavitud, como expone Sara Mata en Negros y esclavos en la guerra por la Independencia en la siguiente secciónBoletín Güemesiano Digital Nº 277

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